1. Si un conductor le tira el vehículo y hay colisión, debe de llamar a oficiales de tránsito, fuerza pública, Cruz Roja y el OIJ. Todas las declaraciones, partes, video de cámara ( en la medida de lo posible) lesiones en el momento y futuras serán utilizadas a SU FAVOR ( ciclista) para la denuncia civil y cobro de daños y perjuicios.
2. Si un conductor le tira el vehículo y no hay colisión, debe de llamar a fuerza pública y OIJ. Todas las declaraciones y evidencia serán utilizadas a SU FAVOR ( ciclista) para la denuncia civil y cobro de daños y perjuicios.
La Sección de Delitos Contra la Integridad Física y Tránsito, indican que «Al darse un daño a la integridad física de la persona afectada, tiene que saberse que cierto tipo de agresiones son delitos (como ) agresiones con armas ( piedra, arma, cuchillo, vehículo) que son medios para quitar la vida e incluso son acciones de tentativa de HOMICIDIO culposo, tipificado en el Código Penal.